VIVIENDA
“La vivienda no es sólo un bien inmobiliario, es también una forma de consolidación espiritual.” Mario Benedetti«
Artículo 47 de la Constitución Española
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.